El objeto de la Gestión y la Certificación Ambiental, así como la Inspección Reglamentaria de Normas o requisitos legales, puede ser entendido, en sentido amplio, como el logro del objetivo de la Seguridad y Salud de las personas y del Entorno Global o Local (medios biótico, abiótico, social, cultural, etc.).
Es por eso, que los referidos procesos de Normalización; Certificación o Verificación e Inspección o Control están regulados, de manera general, en el marco normativo originado por el RD 2200/1995 sobre Infraestructura para la Calidad y la Seguridad. Los procesos de gestión, están bajo criterios de Calidad en la Gestión y los procesos normativos, bajo criterios de Seguridad en sentido abierto. La legislación ambiental, como otras legislaciones, está cada vez mas referida a Normas, mientras que los criterios de verificación de cumplimiento de las mismas, y de las legislaciones, están ligados a la Certificación; Verificación; Inspección o Control, por entidades de servicios externas a las Administraciones, todas ellas reguladas en el marco del RD 2200/1995 mencionado.
En la exposición se da un vistazo a las Normas principales y nuevas, para la certificación de actividades, procesos, productos y/o servicios ambientales, haciendo una breve referencia al marco de la Infraestructura para la calidad y seguridad.
Es un hecho relevante y constatado, el fuerte crecimiento que, en la última década, han tenido las actividades de prestación de servicios, en el marco de este RD 2200/1995, induciendo gran número de empleos alternativos o adicionales a las tradicionales actividades de diseño o proyecto, gestión, control e inspección y mantenimiento, etc., desarrolladas tradicionalmente por ingenieros.
Se señalan, como puntos fuertes, en el ámbito al que nos referimos, la buena infraestructura para el desarrollo de estas actividades, si bien como contrapartida, el fuerte crecimiento en el pasado, en corto espacio de tiempo, y el fuerte crecimiento esperado, hacen necesarias acciones para mejorar los sistema de evaluación y de formación, en las competencias necesarias para las personas técnicas implicadas en las actividades de gestión, verificación, auditoría, inspección o control y que actúan en los ámbitos especializados de cada Norma.
Estas funciones de evaluación de la competencia, junto con otras de formación, servicios de certificación, inspección, control y participación en la elaboración de normas, pueden ser actividades complementarias a sustitutorias a las tradicionales de Visado, para Asociaciones de Ingenieros o Colegios Profesionales y, a su vez, un ámbito importante en la creación de nuevos empleos para ingenieros, que de otro modo serán ocupado por colectivos menos cualificados, en formación de base, para ejercer las referidas actividades, como de hecho ya está sucediendo. Más si cabe, teniendo en cuenta los cambios que la nueva normativa, contenida en el RD 1000/2010 sobre Visado, pueda originar en cuanto a descenso del número de visados, e incluso de realización de proyectos ligados a Licencias de Actividades en el ámbito de la Administración Local, con aumento paralelo de actividades ligadas al ámbito de la Certificación; Verificación; Inspección o Control Reglamentario.