La gestión y el control del ruido es uno de los retos medioambientales más complejos a los que se enfrentan las autoridades portuarias, especialmente desde el punto de vista de la legislación, que parece evitar ser explícita a la hora de considerar la materia.
Por una parte, la actividad propia de un puerto es mixta, ya que en ellos se conjugan infraestructuras de transporte (que requieren la delimitación de áreas de servidumbre acústica), instalaciones industriales de diversos propietarios, y actividades puramente comerciales, todo ello integrado habitualmente dentro del casco urbano, a una distancia reducida de zonas sensibles, como por ejemplo áreas residenciales.
A esto se añade el continuo trasiego de fuentes de ruido móviles, destinadas a carga, pasajeros y recreo, de diversos propietarios e incluso nacionalidades: los buques.
No debemos, por tanto, pensar en un puerto como un todo, y la responsabilidad de la gestión de la contaminación acústica no debe recaer únicamente en la autoridad portuaria: cada actividad implantada en el puerto debe jugar su papel.
En cuanto a legislación, cualquier actividad comercial o industrial dispone de una lista de requisitos clara que debe cumplir en función de su tipo de actividad.
Sin embargo, la Ley 37/2003, del Ruido, y los reglamentos que la desarrollan (R.D. 1513/2005 begin_of_the_skype_highlighting 1513/2005 end_of_the_skype_highlighting y R.D. 1367/2007) omiten cualquier mención explícita a requerimientos a puertos marítimos o fluviales, a pesar de que sí especifican los valores máximos admisibles de emisión de ruido que se toleran a dichas instalaciones.
En el artículo se analizan por tanto los siguientes aspectos:
- Particularidades de la gestión y control de ruido en los puertos
- Normativa: nacional, y de la International Maritime Organization
- Normativa de la Comunidad Europea
- Iniciativas y estándares europeos sobre gestión del ruido en puertos
- Análisis de la Guía de Buenas Prácticas de NoMEPorts
En conclusión, el estudio pretende ser de utilidad a las diversas autoridades portuarias que, pese a estar concienciadas en la importancia de la reducción de la contaminación acústica, no obtienen información clara por parte del legislador sobre los requisitos y exigencias que les son aplicables, así como la de la realización de una comparativa entre los requisitos de los puertos en España y en el resto de la Comunidad Europea.